¿Fomenta la interoperabilidad el sistema de propiedad intelectual?

Por Ernesto Liceda,
profesor de Derecho Informático y Delitos Informáticos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP

Ernesto Liceda
Ernesto Liceda

El sistema de derechos intelectuales, particularmente en lo que respecta a los derechos de autor (al igual que el marco jurídico actual en general) está pensado para un sistema productivo que ya ha sido ampliamente superado y para un contexto social que dista del presente.

En el caso del software, el sistema de protección predominante es el de los derechos de autor, con excepción de aquellos casos donde se encuentra integrado a un proceso técnico, por lo que cuentan con una protección de al menos 70 años antes de que pasen al llamado dominio público.

Para tener una referencia, el viejo Logo (la tortuga que dibuja), de no haber sido liberado, aún estaría tutelado por las protecciones de los derechos de propiedad intelectual. Lo mismo pasaría con Norton Commander y tantos otros. Muchos de los “antiguos” programas ya han sido liberados por sus creadores para generar nuevos desarrollos o masificar su utilización. Sólo eso da cuenta de lo anacrónico que es el sistema imperante. Ya a principios de este siglo, en los juicios seguidos contra “DVD Jon” la interoperabilidad, entre otros, fueron puestos por sobre los derechos intelectuales.

En el marco de la sociedad de la información y, conforme a las nuevas modalidades de negocios y de distribución de la información, podría resultar interesante un sistema de protección de los derechos intelectuales que, sin perjudicar los intereses de los titulares de los derechos económicos y morales, permita la distribución y el uso de los desarrollos, tal como ocurre con las licencias con muchos de los programas que usamos diariamente.

Esta apertura favorecería, y mucho, la interoperabilidad entre sistemas actuales y futuros además de prevenir, en cierta medida, el desarrollo de monopolios como los que ha sufrido este mercado a lo largo de la historia. Por otra parte, es bastante evidente que, al menos en lo que respecta a la industria del software, la dinámica del mercado imperante lleva a que una gran parte de los creadores licencien sus productos bajo el sistema de “licencias libres”, donde el titular de la PI limita total o parcialmente sus derechos intelectuales. Un sistema de derechos intelectuales actualizado y pertinente para la sociedad de la información (y para que podamos alguna vez hablar de la sociedad del conocimiento) debería tener en cuenta la interoperabilidad y el desarrollo en un marco de protección a los creadores, sin bloquear el desarrollo de nuevos conocimientos.