Certificaciones notariales a distancia agilizan trámites
La tecnología avanza en el Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Según estudios recientes de reconocidas consultoras internacionales, la pandemia por Covid-19 fue un gran acelerador para impulsar los procesos de transformación digital en las organizaciones.
La tecnología, que hizo posible el trabajo mientras regían restricciones para circular, también motorizó cambios en la prestación de servicios, y un ejemplo es la herramienta que en el mes de mayo implementó el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires: el sistema digital de certificación de firmas, mediante la utilización de la firma ológrafa –manuscrita- digitalizada, que agiliza, a distancia, acuerdos económicos y otros trámites, como el registro de boletos de compraventa o contratos de alquiler.
“Esto quiere decir que ahora los escribanos pueden certificar firmas a través de una videollamada y con un software que desarrollamos desde el Colegio, que cumple con todos los estándares internacionales de seguridad. Este sistema garantiza que la comunicación se lleve a cabo de manera encriptada, por medio de una app, a través de la cual el escribano certifica todo el proceso con la validación biométrica de identidad conectada con el Registro Nacional de las Personas (RENAPER)”, explica sobre las funcionalidades Santiago Pano, vicepresidente del Colegio de Escribanos de CABA y responsable técnico del proyecto de la entidad que preside Carlos Allende.
El nuevo sistema tiene múltiples funcionalidades, ya que permite, también, certificar en presencia un documento digital o papel. Sin embargo, aún es optativo para los escribanos y, por el momento, sólo aplica para instrumentos privados, dado que –por ejemplo– para una escritura o un poder el nuevo Código Civil prevé el soporte papel.
Aspectos técnicos

Acerca de los dispositivos necesarios para plasmar la firma digitalmente, Santiago Pano explica: “lo primero que tuvimos en cuenta fue en qué tipo de dispositivos se realizaría la firma, que son celulares de alta tecnología, con pantallas especiales. Algunos son de marcas reconocidas, como Samsung (en sus versiones Galaxy Note o Serie S) o Iphone, ya que admiten lápices electrónicos que posibilitan escribir en pantallas de manera análoga al papel”.
La importancia de los dispositivos radica en que los lápices y pantallas permiten tomar la velocidad, la aceleración, el ritmo y la presión de la firma, características que hacen el proceso altamente periciable, tanto por un perito calígrafo como informático. “Mientras el escribano debe usar un lápiz óptico, el requirente que no lo tenga, podrá trazar su firma con el dedo, luego de bajar la app a su teléfono,” concluye Pano.
Estándares internacionales y validación biométrica
Según informan desde el Colegio, todos los desarrollos realizados se ajustan al decálogo de recomendaciones de la Unión Internacional del Notariado, la entidad que regula la profesión de los escribanos que adscriben al sistema latino en todo el mundo. Esa entidad establece que cada Colegio podrá desarrollar una plataforma segura o bien trabajar mediante plataformas avaladas por un organismo estatal competente, siempre que se obtenga el pleno control del documento por parte del escribano.
Con respecto a la validación biométrica de datos, los escribanos pueden solicitar el anverso y reverso del DNI -físico o digital- y pueden validarlo con la base de datos del Renaper. También puede requerir una prueba de vida, mediante sencillos movimientos y comprobación de facciones en los archivos. De esta manera, el sistema permite conectar las imágenes y videos con la base de datos estatal y corroborar la identidad de quien firma, lo que constituye una prueba jurídica sólida.
Las autoridades del Colegio entienden que este tipo de firma -denominado “firma ológrafa seca”- para diferenciarlo de la “firma ológrafa húmeda”, que utiliza tinta y papel, es superadora de la “firma electrónica” y, aún, de la digital.
“El uso de la firma electrónica, que ha comenzado a aplicarse en algunos contratos, no garantiza del todo su autoría, ya que otra persona puede hacer uso de la firma o de su dispositivo para consignarla, suplantando la identidad del firmante. Tampoco asegura la representación de quien interviene en nombre de un tercero, ni permite un juicio acerca de la capacidad para obrar del firmante, ni le otorga fecha cierta al documento. Es la intervención del escribano certificando la firma digitalizada lo que otorga certeza y seguridad jurídicas a la firma y al documento,” concluye Pano.
