Consentimiento: el inicio de los pactos

Muchos se sorprenden cuando decimos que debemos incluir “ética” en la enseñanza de la tecnología. No son casuales las situaciones de acoso y exposición que se están dando entre menores y adolescentes. Lo que es una “picardía”, una “viveza”, en realidad representa un delito.

Una y otra vez, en este tipo de situaciones, aparece el concepto de consentimiento. Entendemos la necesidad de “pedir el consentimiento” para llevar a cabo determinadas acciones en el mundo “presencial”, pero no se considera necesario en el ámbito digital.

En la ISO/IEC 29151:2017, en el punto A.3.1, se indica que los titulares de los datos personales deben ser participantes activos del proceso de decisión relativo al procesamiento de sus datos, mediante el ejercicio de un consentimiento dado de manera consciente, informada y libre, excepto en los casos limitados por la legislación o la reglamentación.

Pero el concepto de consentimiento se complementa con el concepto de elección. Las personas a quienes se les solicitan sus datos personales, cuando es apropiado y posible, deben poder elegir si habilitan/rechazan o incluso retiran el permiso dado en algún momento, para cierto tipo de procesamiento de sus datos personales.

Como administradores de datos personales deberíamos solicitar el consentimiento de las personas acerca de los datos que ponen en nuestras manos (o lugares de almacenamiento o transferencias remotas). Deberíamos informar claramente con qué objetivo solicitamos esos datos y comprometernos a realizar un tratamiento adecuado de acuerdo con el propósito.

Situaciones tales como ponerlos en almacenamiento remoto (Dropbox, Drive, etc.) o transferirlos a un tercero deberían analizarse seriamente para no faltar a ese consentimiento.

Cuando elegimos los mecanismos y la tecnología a aplicar sobre los datos personales, analicemos el consentimiento y la elección. La ciudadanía nos ofrece sus datos. ¿Los administramos responsablemente?

por Lía Molinari
Profesora Titular – Facultad de Informática – Universidad Nacional de La Plata