Efecto Covid-19: teletrabajo y ART: cómo proceder frente a la emergencia sanitaria

Esta semana fue publicada en el Boletín Oficial de la Nación la Resolución 21/20 de la Superintendencia de Riesgos del trabajo, cuyo fin es establecer el marco normativo para implementar el teletrabajo en el sector privado.

Dicha resolución se estableció en el marco de las políticas que se vienen implementando por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, para contener la pandemia generada por el Coronavirus COVID-19. En este sentido, dicho Organismo dictó diversas normas con el objetivo de, entre otras cosas, proteger a los trabajadores que se encuentran dentro de los grupos de riesgo (Resolución 207/20), así como también evitar la transmisión del virus a través de la disminución de afluencia de personas en los trabajos (Resoluciones 178/20 y 184/20).

Ante esta situación, el teletrabajo se presenta como una opción prudente y efectiva a la hora de proteger la integridad de los trabajadores y la necesidad de mantener la actividad económica por parte de los empleadores. 

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Gentileza: ArthurHidden / Freepik

Si bien la Ley 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo) no hace referencia explícita al teletrabajo, en los últimos años se han dictado diversas normas tendientes a regular aspectos de esta modalidad de trabajo, sobre todo aquellas relacionadas a la higiene y seguridad. Entre ellas se encuentra la Resolución 1552/12 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, que impuso a los empleadores la obligación de informar la localización de los trabajadores así como también proveer elementos básicos como extintor contra incendio, botiquín de primeros auxilios, silla ergonométrica entre otros aspectos.

Por el contrario, debido a la rapidez con la que se sucedieron los hechos a causa de la propagación del Coronavirus, la declaración del Decreto de Necesidad y Urgencia (Decreto 260/20) ha irrumpido en la dinámica del trabajo en la Argentina. En este contexto, dicho DNU exime a los empleadores a cumplir con lo establecido en la Resolución 1552/12 antes mencionada, debiendo estos informar a la ART a la que estuvieran afiliados,  una serie de datos relacionados a los trabajadores afectados.

En conclusión, la Resolución 21/20 se presenta como un elemento legal fundamental para poder implementar, dentro de este contexto vertiginoso, el teletrabajo, una modalidad que parece ser tan preciada en estos tiempos de crisis.

Fuente: www.abogados.com.ar