Bockchain

Por Ernesto Liceda,
profesor de Derecho Informático y Delitos Informáticos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP

Ernesto Liceda
Ernesto Liceda

Es tentador comenzar este artículo con una explicación pseudotécnica sobre lo que es blockchain, pero no demasiado útil, particularmente por mi carrera de base. Mejor dejar las explicaciones técnicas a los informáticos e intentar ir por algunas complicaciones legales o sociales que derivan o puedan derivar del sistema.

Este es uno de esos temas donde se ve claramente la necesidad del trabajo transdisciplinario, pero no sólo para la comprensión por ambas partes (informáticos y abogados) de lo que existe, sino también para comprender que es necesario el trabajo conjunto en la fase de diseño y creación del sistema.

A modo de ejemplo de esta necesidad de trabajar en forma integrada, podemos pensar en el reconocimiento y protección, en varios sistemas jurídicos alrededor del mundo, del llamado “derecho al olvido”. Es decir, al derecho que tienen las personas a que, luego de determinado tiempo, deje de informarse sobre algún aspecto determinado de su vida. Los ejemplos más clásicos pueden ser aquellos donde una persona incumplió una obligación y pasó a ser parte de una base de datos de informes financieros negativos (situación que en nuestro régimen legal encuentra respuesta en la Ley 25.326). ¿Y qué tendrá que ver esto con el blockchain? Simple, el blockchain no olvida nunca y eso es parte de lo que lo hace ser lo que es.

Por otro lado, y siguiendo con las dificultades legales que pueden derivarse del sistema, podemos pensar en que el blockchain no se utiliza únicamente para transacciones de criptoactivos (punto que merecería un análisis bastante extenso y desde diversas ramas del derecho) sino también para otros tipos de transacciones como las derivadas o generadas por los smartcontracts, para cuya regulación legal contamos casi exclusivamente con la analogía de normas existentes.

Todo ello nos lleva nuevamente a una cuestión que vengo trabajando desde hace un tiempo y que he ido intentando plasmar en los diversos artículos de esta revista. En el marco del sistema legal actual, Argentina necesita una ley general de la información que fije principios que sirvan para interpretar las situaciones y resolver los conflictos,independientemente de la tecnología vigente.