Delitos Informáticos: La Problemática de las Fiscalías

Ernesto Liceda



Ernesto Liceda

Desde hace tiempo se viene discutiendo sobre la necesidad de crear una fiscalía especializada en Delitos Informáticos en la provincia de Buenos Aires, como las que hay en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el país. Ello sin tener en cuenta, tal vez, las diferencias cualitativas y cuantitativas, que existen entre nuestra Provincia y esas otras jurisdicciones. 

“Delitos Informáticos” es una denominación amplia que, al menos, puede diferenciarse entre propios e impropios, donde los primeros son aquellos que se pueden cometer sólo por medio de las TIC, y los segundos, delitos “clásicos” en los que la TIC son sólo un nuevo medio comisivo.

Analicemos tres casos de delitos informáticos propios contemplados en nuestro Código Penal: el artículo 153 bis, de acceso ilegítimo a un sistema informático; el artículo 183, segundo párrafo, de daño informático; y el artículo 131, de seducción de menores con fines ilícitos o grooming. Se trata de delitos con grandes diferencias en cuanto a los bienes jurídicos afectados (privacidad, propiedad, integridad sexual) los móviles, las víctimas, la forma de investigar y de actuar del fiscal, entre otras. Si a estos les sumamos los delitos informáticos impropios, estaremos frente a una fiscalía especializada que terminaría absorbiendo un enorme porcentaje de los delitos de la Provincia. 

Ante esta situación, la alternativa es crear un gabinete interdisciplinario, con abogados formados en derecho informático y profesionales informáticos, para que trabaje en conjunto con todas las fiscalías en los aspectos vinculados a las TIC, sin desplazar al Fiscal interviniente. Así, este podría enfocarse en la investigación del delito, delegando en esta nueva unidad los aspectos técnicos informáticos en cuanto a posibles medidas probatorias, puntos de pericia, comunicaciones con empresas prestadoras de servicios y con organismos públicos, entre otras. De esta forma, se podría brindar apoyo a todas las UFI sin capacitar a todo el personal del Ministerio Público en temas que exceden los conocimientos necesarios para el ejercicio de sus cargos.

Ernesto Liceda
Profesor de Derecho Informático y Delitos Informáticos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP