Tecnología y salud… y el derecho a la intimidad

Por Ernesto Liceda,
profesor de Derecho Informático y Delitos Informáticos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP

Ernesto Liceda
Ernesto Liceda

Los avances tecnológicos en materia de salud, en lo que respecta a aplicaciones de control personal, dispositivos operados por médicos, software de gestión hospitalaria, entre muchos otros suelen tener un punto en común. Todos contienen datos sensibles y no todos los usuarios de dichos sistemas son conscientes de ese detalle ni de las responsabilidades que su utilización implica.

Es más que seguro que si alguien le hace una pregunta a un profesional de la salud por un paciente en particular, sin esgrimir motivos válidos, el médico se limite a informar que brindar esos datos afecta el secreto que debe guardar con su paciente y que violar dicho secreto puede acarrearle hasta sanciones penales (obviamente que también responsabilidad económica, posible pérdida de la matrícula, etc.)

Pero es bastante posible que ese mismo profesional de la salud, al momento de brindar atención pueda utilizar un dispositivo conectado a internet que envía los datos del paciente a un servidor ubicado vaya uno a saber dónde y que serán vistos por personas desconocidas y utilizados con fines diversos a los que motivaron la consulta. Todo ello lo digo con conocimiento personal de dicha situación, al menos en lo que respecta a un ecógrafo que remitía información de la evolución de crecimiento de un bebé en el útero. De más está decir que dicha situación podría acarrear cierta responsabilidad al profesional de la salud (en este caso no penal pero sí podría ser civil) derivada del desconocimiento de algunos extremos del dispositivo utilizado y del marco legal vigente.

Hay que tener en cuenta que los datos en salud son datos sensibles sujetos a un sistema más estricto de control y donde el más pequeño alejamiento del marco regulatorio genera responsabilidades para el profesional.

Por ello entiendo que es imperativo que los profesionales de la salud empiecen a interiorizarse en lo que respecta a seguridad de la información y al marco regulatorio en materia de protección de datos personales para que, al momento de incorporar dispositivos diversos en sus consultas, tengan la inquietud sobre qué datos de los pacientes toma, para qué y quiénes tendrán acceso a ellos. De este modo podrán informar a sus pacientes de dicha situación y, en los casos que corresponda, pedirles la firma de un consentimiento realmente informado.